Se entiende por falta disciplinaria y académicas el incumplimiento de un deber contraído con anterioridad, consigo mismo, y con la comunidad educativa. Entorpecer el ambiente de orden, respeto, responsabilidad y armonía necesarios para el crecimiento y desarrollo integral del educando.
Las faltas disciplinarias y académicas se pueden tipificar como leves, graves y gravísimas en atención a su naturaleza, características, circunstancias del hecho, a los motivos determinantes y a los antecedentes personales.
FALTAS ACADEMICAS Y DISCIPLINARIAS LEVES:
FALTAS GRAVES:
FALTAS MUY GRAVES O GRAVÍSIMAS:
El régimen disciplinario busca el fomento y desarrollo de la responsabilidad de las personas para convivir en sociedad garantizar su formación integral, asegurar su bienestar general y la buena marcha del plantel.
Las sanciones que debe aplicarse a los estudiantes se impondrán después de haber dialogado con los implicados para fomentar en ellos el espíritu de la tolerancia y la convivencia en armonía, para que los estudiantes tomen conciencia de sus errores y acepten la sanción con una medida justa y formativa de su personalidad
No se podrán imponer sanciones que contemplen escarnio para el estudiante o que de alguna manera afecten su dignidad personal. Nadie podrá ser sometido a tortura o sanciones crueles inhumanos o degradantes.
FALTAS LEVES DE LOS ESTUDIANTES
FALTAS GRAVES DE LOS ESTUDIANTES
Durante la sanción el estudiante de secundaria debe presentarse en la jornada contraria a cumplir con la sanción ya que debe colaborarle a una docente de la tarde y hasta que ésta no de el certificado de haber estado el estudiante con ella no puede regresar a clase, además se aclara que durante la sanción no se tiene derecho a presentar previas ni trabajos pendientes.
FALTAS MAYORES DE LOS ESTUDIANTES